Es imposible saber cuántas sentencias por daños al medioambiente quedan sin cumplir en España. No lo busque, porque éste no es un dato para las estadísticas ni las memorias oficiales. Pero un repaso por los casos que han hecho historia en las dos últimas décadas sirve como sondeo: minas devoradoras de espacios protegidos, construcciones impúdicas amparadas por los ayuntamientos, hidroeléctricas que devastan ríos. Son muchas las sentencias firmes que nunca llegan a ejecutarse.
Todos los expertos consultados coinciden en que, cuanto más se alarga el proceso, más difícil será hacer posible la ejecución de la sentencia. "Para empezar, por la política de los hechos consumados", apunta Cristina Álvarez Baquerizo, abogada ambientalista. "Cuando el mal está hecho y no es reversible materialmente, lo único que te queda es una victoria moral. Por eso es tan importante denunciar apenas se conozca el primer paso de la irregularidad, como la concesión de una licencia".
También es fundamental la figura de las medidas cautelares. Por ejemplo, en el caso del Alto del Cuco, en Cantabria, donde el tribunal ha paralizado la urbanización de la ladera antes de que el destrozo vaya a más. Sin embargo las paralizaciones cautelares no son habituales, porque exigen a la parte denunciante avales económicos, a menudo de muy alta cuantía.
Si no hay paralización cautelar, la actividad denunciada continúa, y cuando llega la sentencia firme, a veces ya está concluida. Pero incluso con sentencia firme, la actividad tampoco se para. ¿Por qué?
La guinda de la tarta: el proceso de ejecución de la sentencia
Muchos ciudadanos que se meten en este via crucis judicial no saben que después de una sentencia firme aún queda otro tormento más: la ejecución de sentencia. Si ésta no se pide, todos los desvelos anteriores habrán sido inútiles: una victoria pírrica. "Además, el proceso que comienza, repite el esquema de lo ya vivido: de nuevo las partes presentan alegaciones, y la parte condenada ya se encarga de que vuelva a durar años", añade Álvarez Baquerizo. La organización cántabra ARCA consiguió su primera sentencia firme en el año 2000 y aún no se ha ejecutado.
Una de las razones de que las sentencias no se ejecuten es el remoloneo de las administraciones. "Si el juez anula una licencia y hay que derribar una casa, el que tiene que poner las máquinas es el ayuntamiento. Y éstos no suelen estar por la labor. Es más bien todo lo contrario". En otras sentencias la responsabilidad de ejecutar recae en la autoridad autonómica, por ejemplo el cierre de una mina.
Hay casos, como el de la mina a cielo abierto Feixolín, en León, en donde la resistencia de la administración es tan recalcitrante que se ha abierto un proceso penal contra algunos cargos.
La vía penal, piedra de toque
La aparición de la vía penal supone un punto de inflexión en la evolución del proceso. Hasta ese momento la justicia no actúa contra una persona concreta, porque la vía contencioso-administrativa se encarga sólo de controlar la correcta actuación de la administración.
"Pero en la vía penal se personalizan las responsabilidades y éstas trascienden a personas concretas. No obstante, acceder a la vía penal requiere la prueba de las imputaciones realizadas y, lógicamente, la prueba de la intencionalidad o la negligencia del imputado, lo que en materia medioambiental no siempre es sencillo", explica Jorge Agudo González, codirector del informe Urbanismo y democracia, Alternativas para evitar la corrupción , documento en el que se analizan 159 supuestos casos de irregularidades en esta materia desde el año 2000.
Es decir, que hay que demostrar que los responsables actuaron con intención o con imprudencia. En los últimos dos años, muchos de los casos de ilegalidad urbanística están siendo absorbidos por la Fiscalía. Ya se refleja así en la Memoria referida al año 2006, y en el boletín informativo del mes de febrero de esta institución se dedica al tema un apartado específico destacando un botón de muestra, que en Granada se han triplicado en un año las sentencias de derribo de edificios ilegales.
También se subraya las directrices dadas por el Fiscal Especial de Medio Ambiente y Urbanismo, Antonio Vercher, a los fiscales delegados para que se cumplan las sentencias de demolición y evitar así la sensación de impunidad.
¿Hay soluciones?
La irrupción de la vía penal se apunta como una de las esperanzas de cumplimiento de las sentencias, sobre todo desde la creación de la figura del Fiscal coordinador para los delitos ambientales y de corrupción urbanística.
La activa y decidida actuación de Antonio Vercher está empezando a obtener los primeros resultados. Pero a juicio de algunos expertos, como el catedrático de derecho administrativo Luciano Parejo, "la absorción de lo contencioso-administrativo por lo penal no es la solución. Implica una cierta perversión del funcionamiento del sistema el que las administraciones no cumplan la legalidad."
Lo cierto es que el miedo a la cárcel es lo único que parece funcionar. "Lo que revela un problema de fondo muy grave: a pesar de las buenas intenciones y de los eslóganes en favor de la sostenibilidad, en realidad una parte relativamente importante de nuestros políticos relega la protección del medio ambiente en favor de otros intereses, y en muchos casos, lamentablemente, cometiendo irregularidades cuyo freno sólo parece producirse con la amenaza de responsabilidades penales", reflexiona Agudo González.
Una falta de sensibilidad a la que no son ajenos incluso algunos jueces. En la misma memoria de la Fiscalía también se hace notar que en los juzgados de algunas provincias, como Ciudad Real o Burgos, tienden a absolverse a los infractores en materia urbanística al considerarse una conducta de menor gravedad.
Otra solución posible sería que los propios juzgados se encargaran de la ejecución de la sentencia, una competencia que les otorga la Constitución. "Si no la ejercen es porque no tienen medios, y deben delegar en las administraciones", apunta Jesús Jordano, profesor de derecho de la Universidad de Sevilla. "Sólo el estadio de la capital andaluza costó más de 200 millones de euros. Todos los juzgados de lo contencioso de España han costado menos de esa cantidad."
Fuente: Público.es
http://www.publico.es/ciencias/074371/castigos/verdes/inutiles